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Publicaciones - El Consejo Actúa |
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Unificación de
normas contables |
Como informamos
oportunamente, el Consejo y la FACPCE firmaron un acta de compromiso por la que acordaron
el trabajo en conjunto para la armonización de las normas contables.
El Grupo de Trabajo designado al efecto ha elaborado un proyecto. Próximamente, el texto
definitivo del acuerdo será puesto a consideración de los respectivos cuerpos directivos
de ambas instituciones.
En la próxima edición de El Consejo
Actúa se informará sobre este tema. |
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Proyecto de Norma
Profesional |
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Lavado de
dinero |
Con el fin de regular
la actuación de los profesionales síndicos y auditores, el Grupo de Trabajo integrado
por el CPCECABA juntamente con la FACPCE ha elaborado un Proyecto de Norma Profesional.
Este Proyecto fue consensuado con la Unidad de Información Financiera (UIF), cuyas
autoridades manifestaron que cumplía con lo dispuesto por la Resolución N° 3/2004.
La Norma fue aprobada por la Mesa Directiva de nuestra Institución para ser elevada al
Consejo, que la tratará en su próxima sesión del 20 de abril del corriente año. |
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La directora del
departamento de Documentación e Información del Ministerio de Economía y Producción de
la Nación envió una nota de felicitaciones y agradecimiento al Centro Bibliográfico del
Consejo (CIB) por la valiosa actividad realizada al editar el nuevo Catálogo
Colectivo Bibliográfico de UNIRED, que significó la confección de una base de datos de
más de un millón trescientos mil registros, formada por los aportes de 88 bibliotecas
argentinas.
Destacó también que este proyecto cooperativo tiene como objetivo principal optimizar el
acceso a la información disponible en el país y en el exterior para atender la demanda
de los investigadores de manera eficiente. |
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Eonomistas y
tributaristas |
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Aúnan
esfuerzos |
Las autoridades del
Consejo han resuelto constituir un Grupo de Trabajo, denominado El Contexto
económico y una propuesta de reforma al Sistema Tributario, con el fin de formular
una propuesta tributaria aplicable en el marco de una política económica que responda a
un plan estratégico de largo plazo.
El Grupo, conformado por economistas y tributaristas, emitirá un documento que permitirá
contar con definiciones en relación con el tema de la política económica y
compatibilizar este modelo con uno de tributación acorde.
Sobre la base de que es atribución del CPCECABA estudiar, fundar y emitir opinión en
asuntos de interés público, de carácter técnico-científico, que se consideren
convenientes o que sean sometidos a su estudio y consideración, la conducción del
Consejo ha decidido impulsar la elaboración de una propuesta que tienda a mejorar los
distintos aspectos que forman parte del contexto económico. |
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Nuevas incorporaciones |
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Fondo Editorial |
El Fondo Editorial del
Consejo sigue creciendo y ofreciendo a los matriculados no sólo herramientas útiles y
prácticas para el trabajo diario, sino que amplía su espectro con libros de estudio
sobre temas inherentes a la matrícula.
A la amplia lista de temas abordados por la colección Cuadernos Profesionales acaba de sumársele el N° 17 Impuestos - Impuesto a las Ganancias,
Impuesto sobre los Bienes Personales e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta - Personas
físicas y sucesiones indivisas. Año fiscal 2004, de reciente publicación, y está
en elaboración el N° 18 Impuesto a las Ganancias, Impuesto a la Ganancia Mínima
Presunta e Impuesto sobre los Bienes Personales - Personas jurídicas. Año fiscal
2004, próximo a publicarse.
Además, abriendo el abanico de los temas de estudio, se encuentra a la venta el primer
libro de firma publicado por el Consejo: Manual
de Cálculo Financiero, de Oscar
Murioni y Ángel Trossero, en una edición actualizada. Asimismo, en pocos días más
estará disponible la nueva edición de Decisiones
Financieras, de Ricardo Pascale.
En el transcurso del corriente año, el Fondo Editorial del Consejo prevé publicar otros
títulos y más Cuadernos
Profesionales, donde se incluirán
temas de marcada actualidad, como: lavado de dinero, actividad agropecuaria y la RT22,
seguridad social: verificación y cómputos de jubilaciones y pensiones, pericias en el
fuero penal, etc. |
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Programas aplicativos |
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Entidades
exentas |
Las autoridades del
Consejo enviaron una nota al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos
en la que solicitaron la revisión de los programas aplicativos utilizados para la
confección de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y la elaboración
del Informe para Fines Fiscales.
Dicho pedido se basó en que estos programas no responden a las necesidades de
información, requerida por el fisco, y de sencillez, necesaria para los contribuyentes.
Asimismo, se sugirió, con la intención de armonizar y unificar las exigencias dispuestas
por la norma reglamentaria, la extensión en los plazos previstos para presentar las
declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, por los ejercicios anuales cerrados
entre el 31 de agosto de 2003 y el 31 de octubre de 2004, para realizar el
reconocimiento provisional de exención. |
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Impuesto sobre los
Ingresos Brutos. Prórroga cuota 01/2005 |
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La DGR
consideró un pedido del Consejo |
A raíz de un pedido
realizado por el Consejo, la Dirección General de Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, mediante la Resolución 407/2005, prorrogó hasta el 18 de marzo el plazo previsto
para la presentación de la declaración jurada y el pago de la cuota 1/2005 de los
contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Régimen
Simplificado.
Dicho pedido fue solicitado por medio de una nota firmada por las autoridades del Consejo,
en la que sugirieron una prórroga en el plazo hasta el 31 de marzo de 2005. Especificaron
también que presentaron esta nota debido a los reclamos recibidos de los matriculados que
tuvieron inconvenientes técnicos para poder realizar el trámite vía Internet. Entre
ellos se destacan: Dificultades
para ingresar a la página Web del organismo fiscal.
Inconvenientes para generar la clave fiscal.
Dificultades para que el sistema reconozca la clave oportunamente
otorgada.
Imposibilidad de dar de alta en la página Web de la AFIP al contribuyente
en la opción Régimen Simplificado GCBA.
Dificultades para imprimir la declaración jurada una vez practicada la
inscripción. |
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Resolución General
1818. Tasas de justicia |
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Se propone la
rectificación |
El Consejo envió una
nota a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la que solicitó la
rectificación de la Resolución General (AFIP) N° 1818.
A continuación se detallan algunas de las razones que motivaron este pedido:1) En primer lugar, la Resolución dictada no toma en cuenta
la legislación vigente, ya que, previo al dictado de esta Resolución General, fue
promulgada la Ley N° 25.972, publicada en el Boletín Oficial el 17/12/2004. Los aspectos
principales de esta ley que, según el Consejo, invalidan la RG 1818 son los siguientes:
se prorroga el plazo hasta el 31/12/2005; se determina una tasa de justicia diferente para
los concursos preventivos y los acuerdos concursales extrajudiciales y se aplica a todos
los concursos homologados en los términos de las leyes N° 24.522, 25.561, 25.563, 25.589
y sus prórrogas.
2) En segundo lugar, aun en el hipotético caso de que no se
considerara el dictado de la Ley N° 25.972, la Resolución mencionada no ha tenido en
cuenta algunos aspectos:
a) La Norma intenta establecer una especie de
moratoria para aquellos casos en los cuales la tasa de justicia haya resultado exigible,
según resoluciones judiciales firmes, desde el 15/02/2002 hasta el 10/12/2003, sin tener
en cuenta la fecha en que se haya concursado el contribuyente.
b) De aplicarse esta Resolución, quedarían excluidas todas
las determinaciones de tasas de justicia en las empresas concursadas a partir del
15/02/2002 cuando los acuerdos fueren homologados luego del 10/12/2003 y también aquellos
casos en los cuales no esté firmada la deterrminación.
c) La limitación del plazo de pago de la tasa de justicia al
período de pago del acuerdo celebrado con los acreedores, a criterio del Consejo, limita
ilegítimamente lo establecido por la Ley.
d) No se aclara cómo se liquidará la deuda hasta
el día de presentar el plan de pagos.
Con el fin de evitar planteos
judiciales y controversias cuyo tratamiento requerirá innecesariamente la atención de
los concursados de la justicia y de las áreas jurídicas de esa Administración, el
Consejo ha solicitado la rectificación de la Resolución General N° 1818. |
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Informe Económico de
Coyuntura (IEC) |
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Vuelve la
versión gráfica |
Desde el 8 de marzo de
2005 se encuentra disponible la versión gráfica del Informe Económico de Coyuntura
(IEC).
Los matriculados que estén interesados en obtener esta publicación mensual deberán
retirar un ejemplar por persona, en el sector de Publicaciones, en el horario de 9 a
18:30.
Además, se puede consultar la versión electrónica, haciendo click aquí.
Para más información enviar un correo electrónico a: publicacion@cpcecf.org.ar o
llamar al teléfono 5382-9295/6, sector Publicaciones. |
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Trabajadores en
relación de dependencia |
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Solicitud de
unificación de fechas de vencimiento |
El pasado 16 de marzo,
el Consejo solicitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos que se unifiquen,
al 10 de junio de 2005, las fechas de vencimiento previstas para la presentación de las
declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias (10 de junio de 2005) y del Impuesto
sobre los Bienes Personales (18 al 22 de abril de 2005) de los contribuyentes en relación
de dependencia.
Las fechas de vencimientos previstas no se concilian entre sí, dado que la información
contenida en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias resulta ser la base de
datos para el incremento del Impuesto sobre los Bienes Personales. |
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Trivia [Servicios
profesionales] |
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Nueva versión |
Se desarrolló una
nueva versión del servicio de información y asesoramiento tributario, comercial,
societario, laboral y de la seguridad social del Consejo (Trivia).
En esta versión se incorporaron funciones adicionales de búsqueda y un nuevo
agrupamiento de contenidos que facilitan aún más el proceso de recuperación de
información.
En el sitio Web de Trivia,
que presenta un nuevo diseño, se anuncian las normas incorporadas y se ofrecen servicios
a los suscriptores.
Los profesionales interesados deberán acercarse al stand de la planta baja del Consejo,
donde podrán obtener, en forma gratuita, una clave de demostración que les permitirá
utilizar libremente este nuevo servicio y apreciar las ventajas de mantenerse
actualizados. |
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Nuevo servicio |
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Red Megatlón |
Con el objetivo de
brindar más servicios, el Consejo llegó a un acuerdo con la Red de Clubes Megatlón,
mediante el cual los matriculados y su grupo familiar (cónyuge, hijos y padres) pueden
acceder a todos los centros de la Red.
El carnet especial podrá adquirirse en el mostrador de Publicaciones del Consejo, ubicado
en Viamonte 1549 PB, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18:30, donde se abonará el
importe correspondiente a la red elegida cuya validez será de 30 días corridos a partir
de la fecha de ingreso.
Para mayor información, los interesados puden dirigirse personalmente al sector de
Servicios a los Profesionales de 9 a 18:30 o comunicarse a través del correo
electrónico: jef_servprof@cpcecf.org.ar,
o telefónicamente al 5382-9427. |
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El CeMeCO
dentro y fuera del Consejo |
El Centro de
Mediación del Consejo (CeMeCo) cerró el 2004 con el mismo ritmo sostenido de labor que
desplegó durante todo el año, según las políticas fijadas por el CPCECABA para el
área.
Integrantes del Centro de Mediación, coordinados por su directora, Dra. Alicia Millán,
realizaron un taller en el XIII Seminario Los Jóvenes Profesionales en Ciencias
Económicas y su capacitación para la dirigencia. Ética y excelencia profesional.
Junto con la Comisión de Negociación y Mediación del Consejo, ofreció la charla
debate: Mediación y Negociación en el CPCECABA: Centro de Mediación.
Por otra parte, la directora del CeMeCo disertó en la sede central de la Universidad
Nacional de Tres de Febrero (UNTREF) sobre: Conflictos en las escuelas; la
intervención de la Mediación Escolar.
Además, mediadores del CeMeCo asistieron a la exposición del Dr. Jay Folberg sobre:
Nuevas tendencias en Negociación y Resolución de Conflictos, en la
Universidad del Salvador (USAL). Los organizadores seleccionaron al CeMeCo por su
prestigio y compromiso con la formación permanente. El evento académico contó con el
auspicio del CPCECABA. |
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Los programas de
especialización que se dictan en el Consejo se iniciaron el 28 de marzo y contaron, a la
fecha de cierre de esta edición, con 50 preinscriptos aproximadamente.
Estos cursos, que se dictan en el Consejo desde el año 2001, apuntan a la formación de
especialistas capaces de analizar y resolver los problemas que la realidad plantea en
materia de Administración, Economía y Finanzas y Tributación.
Por otra parte, se encuentra abierta la inscripción a la edición 2005 del Curso de
Especialización en Normas Contables y de Auditoría Nacionales e Internacionales, que
tiene fecha prevista de incio el próximo 11 de abril.
Este curso, de 200 horas de clase presenciales, estará a cargo de destacados profesores y
tiene como objetivo formar un especialista en normas nacionales e internacionales de
contabilidad y auditoría.
La necesidad del dictado del curso se fundamenta en aspectos tales como la globalización
de los mercados, la movilidad de los capitales y las crisis empresarias internacionales
que han sido de público conocimiento, que hacen necesario contar con normas de alta
calidad y de aplicación en todos los países. |
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Actuación Profesional
en el ámbito judicial |
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Lo bueno |
En los autos
caratulados LA PERSEVERANCIA SEGUROS S.A. c/ LA CARDEUSE S.A. s/ ordinario,
que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 6,
secretaría Nº 12, la demanda fue interpuesta por $ 7.297,34 más intereses. En fecha
10/12/02, las partes concilian en $ 9.000,00. En fecha 11/12/02, la perito contadora
presenta el peritaje. S.S. ordena traslado a las partes y en junio de 2003 la perito
actualiza el monto reclamado al 31/05/03, calculando intereses a la Tasa Activa BNA. El
monto actualizado del reclamo asciende a $ 14.065,90 (fs. 99). La resolución de S.S. fue:
Buenos Aires, 10 de julio de 2003 - Atento lo solicitado en cuanto a la base
regulatoria, cabe señalar que el valor de la transacción que ha puesto fin al pleito
resulta inoponible a los profesionales que no intervinieron en la misma ya que para estos
el acuerdo es res Inter alios acta (CACom. Sala D 11/10/88 Lasyse S.A. c/ Alsina
S.A. s/ ejecutivo, CNCom. Sala E Hidroquip S.R.L. c/ Indusclean S.R.L. s/
ordinario, del 13/09/90). Por ello, sentado lo anterior, tomando prudencialmente
como pauta regulatoria la liquidación practicada a fs. 99, atento el mérito de la labor
profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia, extensión, así como la
naturaleza del proceso, regulo los honorarios del perito contador
en la suma de $
280,00 - Dec. Ley 16.638/57:3 -.
- Fdo.: Carlos A. M. FERRARIO - Juez - La perito apela
porque la regulación de sus honorarios debe estar comprendida entre el 4 y el 10 % de la
base regulatoria ($ 280,00 equivale a 1,99 % de $ 14.065,90). La causa es elevada a la
Excma. Cámara del Fuero y la Sala B resuelve: Buenos Aires, 30 de junio de 2004 - Y
VISTOS: Resulta improcedente fijar los emolumentos de la Contadora
con relación al
monto transado en el acuerdo de fs. 82. Ello pues el monto de la transacción no puede
constituir el pie regulatorio para los profesionales que no participen del acuerdo; toda
vez que al mismo al que arriban las partes no puede afectar los derechos de terceros
vinculados a la litis, que no intervengan en aquél, ya que el acuerdo para ellos es res
inter alios acta. En tales circunstancias, resulta procedente tomar como base regulatoria
la prevista en el dec-ley 16.638/57 (C.N.Com., esta Sala, in re: Cherr-Hasso
Waldemar c/ The Seven Up s/ ord., del 10-07-93, id., Sala D, in re: Lasyse
S.A. c/ Alinsa S.A., del 11/10/88). Por ello, en atención a la índole, calidad y
extensión de los trabajos realizados y las características e importancia del pleito de
que se trata, se elevan a pesos quinientos setenta ($ 570,00), los honorarios de la perito
contadora
. - Fdo.: Enrique M. BUTTY - María L. GÓMEZ ALONSO de DÍAZ CORDERO
- Jueces de Cámara.
Comentarios: Los camaristas reconocieron que el acuerdo celebrado entre las
partes le es inoponible al perito, pues éste no intervino en él. |
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Actuación Profesional
en el ámbito judicial. De interés para peritos. Cámara del Trabajo |
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Cobro de
libranzas |
La Resolución
de Presidencia N° 399 del 24 de septiembre de 2004 indica cómo será la nueva
operatoria.
Con el propósito de que se adopte un procedimiento uniforme para las libranzas de giros
en concepto de honorarios profesionales, que, con seguridad, no sólo evitará demoras y
erróneas interpretaciones, sino que facilitará la labor de los respectivos juzgados y
del personal bancario, el presidente de la Excma. Cámara hace saber la conveniencia de la
utilización de la siguiente operatoria:1°) Previo
a ordenar la entrega de un giro en concepto de honorarios, su beneficiario deberá
acompañar constancia actualizada que acredite su situación impositiva (Monotributo o
Responsable Inscripto). Esta constancia deberá llevar la firma y el sello de su titular.
2°) El secretario del juzgado o el funcionario que posea la
firma registrada en la entidad bancaria deberá dejar constancia, al dorso del giro, de la
condición impositiva denunciada y del número de CUIT respectivo. Esta constancia deberá
ser suscripta por el profesional y por el funcionario autorizante.
3°) Para el caso de los cheques judiciales que con nuevo
formato están instrumentándose en estos días, la constancia referida en el punto 2)
sólo deberá ser efectuada al frente del giro, en el espacio siguiente a la leyenda
"Situación tributaria ante la AFIP".
4°) El recaudo indicado en el punto 1 podrá ser comunicado por
cédula a los letrados y peritos en la oportunidad de notificar el traslado de la
liquidación prevista por el art. 132 de la ley 18.345 o en la que el magistrado considere
más conveniente.
5°) Asimismo, se sugiere que el texto de esta resolución se encuentre a
disposición de los interesados en la mesa de entradas del juzgado.
6°) Protocolícese y
hágase saber.
FDO.: ROBERTO O. EIRAS.
PRESIDENTE |
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