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Publicaciones - El Consejo Actúa |
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Santa Fe |
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Asistencia a los
inundados |
Agradecimiento El Consejo agradece a sus matriculados el
gran gesto de solidaridad y compromiso, que permitió que se realizaran dos envíos con
alimentos y ropa a las familias damnificadas por la inundación en la provincia de Santa
Fe.
Las donaciones recibidas fueron entregadas, en forma inmediata, al Regimiento de
Infantería N° 1 de Patricios y enviadas a esta provincia para contribuir con algunas
necesidades materiales.
En comunicaciones mantenidas con los matriculados residentes en Santa Fe, nos informaron
que las miles de personas afectadas necesitan:
pañales
descartables;
leche larga vida;
calzado;
ropa;
alimentos no perecederos;
elementos de higiene.
Ante esta tremenda y prolongada
crisis, el Consejo seguirá recibiendo colaboraciones en el centro de recepción, que está habilitado en el hall de la planta baja en Viamonte 1549.
Donación del Consejo
El Consejo ha decidido donar $ 10.000 para los afectados por las inundaciones en la
provincia de Santa Fe.
Ese importe ha sido depositado en una cuenta habilitada para tal fin en el Banco de la
Nación Argentina. |
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Consejo SEPyME |
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Nuevo convenio |
El pasado 15 de mayo
de 2003, las autoridades del Consejo y el titular de la Secretaría de la Pequeña y
Mediana Empresa y Desarrollo Regional del Ministerio de la Producción (SEPyMEyDR)
firmaron un convenio con el objetivo de profundizar la cooperación para promover y
difundir programas y políticas destinados a modernizar y desarrollar las micro, pequeñas
y medianas empresas.
Estas entidades buscarán incorporar las mejores prácticas productivas que incrementen el
desempeño y la competitividad de las PyME.
Además, se comprometieron a de-sarrollar en forma conjunta actividades de capacitación
orientadas a las PyME y microempresas con el fin de optimizar sus metodologías de trabajo
y rutinas administrativas para mejorar su productividad.
Asimismo, intercambiarán información de las empresas incluidas en los registros de esta
Secretaría para garantizar siempre la confidencialidad de acuerdo con la
normativa legal vigente.
Los firmantes expresaron que las micro, pequeñas y medianas empresas cumplen un
papel preponderante en el sistema económico y que ocupan una considerable
cantidad de mano de obra, generando un alto porcentaje del Producto Bruto.
Finalmente, acordaron que se continuarán y ampliarán las actividades de capacitación
para profesionales matriculados sobre las herramientas de apoyo a las PyME para que puedan
asesorarlas y, de ese modo, ayudarlas en su proceso de crecimiento y desarrollo; al mismo
tiempo, podrán realizar aportes para mejorar las políticas de fomento al sector que
implementa la SEPyMEyDR. |
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Convenio GCBA-CPCECABA |
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Rúbrica de libros y
documentación laboral |
Nuevo
servicio del Consejo El
artículo 44 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la
Ciudad ejerce en forma irrenunciable el poder de policía del trabajo, y en su marco se
dictó la Ley N° 265 de Competencias de la Autoridad Administrativa del Trabajo. En ella
se dispone, entre otras atribuciones, la obligación de llevar el registro de empleadores
y rúbrica de documentación laboral.
Por ello, a partir del 1º de abril del año 2003, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a través de la Dirección General de Protección del Trabajo (DGPT) de la
Subsecretaría de Regulación y Fiscalización de la Secretaría de Gobierno y Control
Comunal, asumió la facultad de rubricar los libros de registro de personal, y todo
instrumento individual de contralor del cumplimiento de la normativa laboral vigente,
exigidos en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En este contexto, se ha firmado el 15/04/03 el convenio Nº 13/03 entre el GCBA y el
CPCECABA por el cual se tiene previsto habilitar, en nuestra sede, a partir del 1/07/03,
una oficina de la Dirección General de Protección del Trabajo, destinada a la rúbrica
de libros y documentación laboral.
Este nuevo servicio se brindará con prioridad para nuestros matriculados y consistirá en
la recepción, trámite de revisión y entrega de documentación de acuerdo con las normas
dictadas en la materia. |
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Cuadernos Profesionales Nº 6 |
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Fideicomiso |
El Consejo editará en
el mes de junio un nuevo Cuaderno
Profesional sobre Fideicomiso:
creatividad en la ingeniería financiera para superar las crisis.
Entre los principales temas abordados se encuentran: Tipos
de fideicomiso, ventajas y utilidades.
Casos de aplicación de fideicomiso: inmobiliario, de
administración, de ampliación de inversión y de exportación.
Esquemas y mecanismos para el financiamiento en la
economía real.
Enunciación, planteo y comentarios de tres casos reales
exitosos en la Argentina en la aplicación del instrumento fideicomiso. |
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Gravamen sobre acciones y participaciones empresariales |
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Solicitamos
aclaración |
El pasado 16 de mayo,
las autoridades del Consejo enviaron una nota al titular de la Administración Federal de
Ingresos Públicos en la que solicitaron se disponga una prórroga hasta que se
aclaren las confusiones existentes en el gravamen sobre acciones y
participaciones empresariales.
Además, el Consejo hizo referencia a las modificaciones introducidas por la Ley N°
25.585, a los cambios producidos en su decreto reglamentario por el decreto 988/03 y al
vencimiento previsto para el pago del gravamen mencionado anteriormente.
Asimismo, se le solicitó al titular de la AFIP que se aclaren temas
conflictivos en los que debe darse una respuesta sobre: la compensación de
saldos a favor del contribuyente con obligaciones que surjan por su actuación como
responsable sustituto y la incidencia de las cuentas particulares en la determinación del
impuesto en las sociedades de personas.
Finalmente, nuestro Consejo consideró que no existe un criterio unificado de
las sociedades de hecho, en cuanto a si sólo son responsables sustitutos las que tienen
objeto comercial, o si también debieran incluirse las de objeto civil, y que
no resulta claro cómo las sociedades podrán reintegrar el impuesto pagado
con relación a los accionistas de acciones que cotizan en bolsa. |
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Atienden nuestros
pedidos |
Impuesto a las
Ganancias
Como resultado de una solicitud realizada por las autoridades del Consejo, la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General
1489, unificó hasta el 30 de abril pasado el ingreso del saldo del Impuesto a las
Ganancias o de la primera cuota del plan de facilidades de pago, y las presentaciones de
las declaraciones juradas.
Dicha solicitud se realizó el pasado 4 de abril por medio de una nota, en la que el
Consejo le requirió al organismo mencionado unificar el vencimiento para el pago y la
presentación del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales de los sujetos que tengan
participaciones en sociedades que cierren su ejercicio comercial en el mes de diciembre.
Ganancia Mínima Presunta
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución
General 1493, dispuso que se ingresen solamente los anticipos con los vencimientos fijados
a partir del mes de mayo de 2003 para sujetos y responsables, cuyos ejercicios comerciales
hayan cerrado entre los meses de abril y octubre de 2002, inclusive.
Esta disposición surge de una solicitud hecha por nuestro Consejo, por medio de una nota
enviada el pasado 28 de marzo, en la que se solicita que se aclare la situación del
ingreso de los anticipos para el período fiscal 2003 para los ejercicios comerciales
cerrados a partir del 1° de abril del mismo año. |
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Convalidación de
créditos impositivos |
El Consejo envió una
nota al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la que solicita que
se dicte una norma complementaria a la Resolución General 1466.
Dicha Resolución dispone los requisitos, plazos y demás condiciones para la
convalidación de créditos impositivos a favor de los contribuyentes y/o responsables a
efectos de su transferencia y posterior utilización.
Además, se expresa en la nota que el trámite mencionado puede no tener final si no se
dicta una norma complementaria que establezca un plazo en el que deberá expedirse el
fisco para convalidar los créditos impositivos. |
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Entre los días 9 y 11
de mayo se desarrolló en Buenos Aires la IV Conferencia Internacional del Foro Mundial de
Mediación (FMM), en la que participaron representantes de 42 países.
El Consejo auspició la Reunión del Comité de Dirección (Steering Committee) del Foro,
en la que el Centro de Mediación de nuestra Institución (CEMECO) fue designado sede para
su realización.
La directora del CEMECO y el presidente de la comisión de Mediación y Negociación de
nuestro Consejo participaron de esta reunión junto con:
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Dale Bagshaw |
Presidenta, Australia |
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Richard Salem |
Secretario, EE.UU. |
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Lisa Parkinson |
Presidenta del Comité Científico, Inglaterra |
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Monique Stroobants |
Tesorera, Bélgica |
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Barbara Wood |
Tesorera a cargo, Irlanda |
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Juan Tausk |
Miembro y organizador de la Conferencia, Argentina |
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Juan Carlos Vezzulla |
Miembro, Brasil |
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Rolf Herzog |
Miembro, Alemania |
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Asimismo, Nancy
Peace, Presidenta de la Asociación para la Resolución de Conflictos (ACR), de EE.UU., y
Gail Ervin, Presidenta del Sector Internacional, de EE.UU., visitaron nuestro Centro de
Mediación con el objetivo de interiorizarse sobre los aspectos relativos a su
funcionamiento y competencia.
El Presidente del FMM, Lic. Juan Tausk, otorgó a la directora del CEMECO, en
representación del Consejo, una distinción en mérito a la labor interdisciplinaria,
académica y social que desarrolla este Centro. |
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De interés para peritos |
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Inaplicabilidad |
Actuación
Profesional en el ámbito judicial La sala VI de la Cámara Nacional del Trabajo declaró la
inaplicabilidad de la Ley 25.344 y normas reglamentarias para el supuesto planteado en los
autos VALLEJO ABEL MIGUEL C/E.N.T.E.L. EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
S/COBRO DE SALARIOS.
Luego de ser intimada al pago, la demandada informó en autos que el crédito contaba con
previsión presupuestaria en los ejercicios del año 2000 y posteriormente en el ejercicio
2001.
Ante el incumplimiento de pago, la actora intima, y la jueza a cargo rechaza el pedido de
depósito de las sumas adeudadas, considerando que el crédito estaba alcanzado por las
disposiciones de la Ley 25.344.
La actora presenta recurso de apelación contra la resolución judicial y fundamenta que
la previsión presupuestaria está a la orden del juzgado y no puede disponerse de
la misma y solo restaba y resta su depósito judicial; señala además:
ninguna de las disposiciones mencionadas precedentemente ha sido derogada y tampoco
lo hace la Ley 25.344.
Finalmente, el Tribunal resolvió: 1. Revocar la resolución, declarar inaplicables
al supuesto de autos las disposiciones de la Ley 25.344 y normas reglamentarias y acceder
a la intimación solicitada por la parte actora a fin de que la demandada deposite las
sumas adeudadas por concepto de capital e intereses y honorarios del letrado de la parte
actora. |
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Congreso Internacional |
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Nos invitan a
participar |
Entre los días 14 y
15 de mayo se realizó el Congreso Internacional de Salud en la Seguridad Social, al que
nuestro Consejo, designado entidad convocante, envió a profesionales idóneos para
representarlo.
Participaron de ese congreso profesionales de la salud y de otras áreas, quienes
debatieron sobre los cambios que se produjeron en el sistema de salud, en el ámbito
financiero, de cobertura y de provisión de servicios.
Por otra parte, los expositores extranjeros aportaron conocimientos y experiencias de los
países que han experimentado profundos cambios en el estado sanitario. |
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Nuevo Servicio |
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Trivia [Servicios
Profesionales] |
Legislación
tributaria, comercial, laboral y previsional Con gran aceptación por parte de los
matriculados, el nuevo servicio de actualización y consulta de la norma tributaria,
comercial, laboral y previsional se encuentra disponible desde el 5 de mayo próximo
pasado.
Este nuevo servicio, desarrollado con la más moderna tecnología, ofrece un sistema de
búsqueda y recuperación de información caracterizado por su eficacia y simplicidad de
uso.
A más de 13.000 normas nacionales y provinciales actualizadas diariamente, se puede
acceder fácilmente desde nuestros servidores en Internet, lográndose la vinculación
entre la normativa, su interpretación, preguntas vinculadas, etc.
Este servicio de información y asesoramiento incluye, sin cargo para los suscriptores,
nuestro servicio de navegación por Internet a través de un 0610, lo que les permite
obtener una economía efectiva en su presupuesto en sistemas de información legislativa. |
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