Con el voto unánime
de todas las bancadas, el Senado sancionó este año la ley que eleva el mínimo no
imponible del Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia.
Según el texto sancionado por la Cámara Alta, una vez promulgado y reglamentado por el
Poder Ejecutivo, la base a partir de la cual se tributará Ganancias se establece en
$4.577 de ingresos mensuales netos para los trabajadores casados que tengan hijos y en
$3.346 netos para los empleados solteros. Con la reforma, los casados con dos hijos pagan
Ganancias si ganan más de $4.577, incluyendo el proporcional del aguinaldo.
De acuerdo con estos parámetros, se calcula que la ley beneficiará de manera directa,
con la exención lisa y llana del pago del tributo, o indirecta, a unos 600.000
trabajadores.
La iniciativa contempla además la exención en la aplicación de la denominada
"tablita de Machinea" a aquellos trabajadores con ingresos anuales inferiores a
$91.000 netos. Los ingresos de los empleados en relación de dependencia también se
verán beneficiados mediante el incremento de las deducciones que se podrán realizar por
cargas familiares.
Según explicó en su momento la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, la
sanción de esta reforma implica la mejora de la percepción del ingreso disponible
por parte de las personas físicas. En el momento de su discusión, el entonces
senador Jorge Capitanich (PJ-Chaco) -por aquel entonces presidente de la Comisión de
Presupuesto y Hacienda del Senado- dijo que la iniciativa se ubicaba en el marco de un
aumento de la progresividad del sistema tributario argentino, que se viene produciendo
desde 2002 hasta la fecha.
Aunque el voto de las cámaras del Congreso fue unánime, hubo sin embargo un debate en
torno a los efectos que plantea esta reforma hacia delante. Si bien la iniciativa fue
apoyada por la oposición en las distintas sesiones, se escucharon críticas referidas por
ejemplo a la oportunidad elegida para impulsar una iniciativa pocos meses antes de las
elecciones del 28 de octubre.
Hay quienes creen que el impacto sobre las cuentas nacionales de la economía sería mayor
que los $ 1.500 oficialmente estimados. Otros, en cambio, sostienen que sería menos y que
se perdió una oportunidad para realizar una reforma más profunda y más justa.El impacto en las cuentas públicas
Una de las polémicas planteadas en el Congreso fue la referente a la recaudación que
perderían las provincias por la baja en el Impuesto a las Ganancias. Sucede que es un
tema sensible para las finanzas provinciales porque en 2008 las provincias volverán a
registrar un rojo en sus cuentas, lo que las hará aún más dependientes de los recursos
de la Nación. De ahí la preocupación de sus representantes en los escaños.
Según un cálculo de la consultora Economía & Regiones, que dirige el ex
subsecretario de Relaciones con las Provincias, Rogelio Frigerio, en términos
desagregados, las jurisdicciones dejarán de recaudar $698 millones (los ingresos en
concepto por el Impuesto a las Ganancias se coparticipan). Las principales perjudicadas
serían el conjunto de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), de
modo tal que afrontarían el 47,5% del costo total de la medida ($707 millones).
Tomando el costo total anual de la medida sobre la porción a coparticipar a las
provincias del Impuesto a las Ganancias, resultaría que Buenos Aires recibirá $97,4
millones menos en el año, seguida por Santa Fe ($63,3 millones) y Córdoba ($62,2
millones), de manera que estas tres jurisdicciones afrontarían cerca del 35% de la
pérdida de recursos provinciales. Chaco, Tucumán, Entre Ríos, Mendoza, Santiago
del Estero, Salta, Corrientes, Formosa, Misiones, San Juan y Jujuy recibirán entre $40 y
$20 millones menos en el año.
Según Frigerio, el Gobierno Nacional resignaría además por la reforma de Ganancias unos
$315 millones, mientras que el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SI JP)
dejaría de percibir unos $438 millones y la Administración Federal de Ingresos Públicos
(AFIP), unos $40 millones.
Cynthia Moskovits y Nuria Susmel, economistas de la Fundación de Investigaciones
Económicas Latinoamericanas (FIEL), distinguen dos probables efectos que tendrá la
reforma sobre el ingreso de la gente y del Estado.
El primer efecto tiene que ver con lo que se denomina recalentamiento de la
economía y la inflación. El país está creciendo a un ritmo superior al que podría
tener en un largo plazo. En circunstancias en las que la demanda de bienes crece por
encima de la oferta, la reforma de Ganancias hace aumentar el ingreso disponible, que,
según estas especialistas, desembocará en mayores desequilibrios y mayor
inflación efectiva, aunque no necesariamente registrada.
El segundo efecto que distinguen tiene que ver con el debilitamiento del frente fiscal.
Reconocen que una pérdida de ingresos por $1.500 al año no tendrá gran impacto sobre
las cuentas fiscales debido a que significan apenas el 0,8% de la recaudación
nacional esperada para el año-: Sin embargo vale la pena comentar que parte de la
buena performance fiscal se explica sobre la base de la contabilidad creativa.
¿Qué significa la contabilidad creativa? Los expertos no dudan en poner énfasis sobre
el impacto que tuvo la reforma provisional en las cuentas nacionales: cuando se indaga
acerca de cómo se genera el superávit fiscal, se sabe que una parte importante de él es
explicada por el cómputo de las cuentas de capitalización transferidas a la ANSES desde
las AFJP como ingresos corrientes. Según gurúes como Miguel Ángel Broda o Miguel Bein,
si se tienen en cuenta las medidas de política fiscal expansiva que tuvo el Gobierno en
2007, se advierte que todas ellas equivalen a un punto del producto, elevando así el
superávit fiscal en 1% del producto bruto.
Como en otros países
Según la directora del Programa de Política Fiscal de CIPPEC, Luciana Díaz Frers, la
reforma del Impuesto a las Ganancias se efectuó exactamente al revés de lo que se
debería haber hecho: Si el problema era la necesidad de actualización por
inflación comenta en un artículo titulado Hay que reformar ganancias, pero
justo al revés-, en lugar de determinar el mínimo no imponible en un número
arbitrario, se podría definir según un múltiplo de canastas básicas.
Pero, si el problema son los grandes saltos de la tablita de topes a las deducciones que
implican que una persona que gana $7.001 por mes pague mucho más que la que gana $7.000
por mes, entonces se debería corregir esta tabla y hacer saltos más
graduales. Para Díaz Frers, esta tabla contribuye a hacer más progresivo el
impuesto dentro de los tramos más altos de ingresos, permitiendo a las personas que ganan
hasta $4.000 por mes hacer deducciones significativas, mientras que a los que ganan más
de $18.000 por mes no se les permite hacer deducciones.
Si lo que se busca es corregir las injusticias de este impuesto, dice la especialista en
finanzas públicas, basta con revisar la Ley 20.628 del Impuesto a las Ganancias para
descubrir cuántos huecos tiene: Uno bien conocido es que la renta financiera está
exenta. Es decir, quien percibe ingresos por su trabajo paga impuestos, pero quien cobra
intereses por sus depósitos a plazo fijo o ganancias por la tenencia de títulos y
acciones del Estado no paga un peso.
Para Díaz Frers, los que se benefician con esta reforma equivalen al 3% de la población
con mayores ingresos. ¿Quiénes son los que se perjudican?: El sistema previsional,
la recaudación nacional, las transferencias automáticas a las provincias y la
posibilidad de generar un sistema tributario más equitativo.
Hay quienes creen que existen impuestos más regresivos, que recaen proporcionalmente más
en los sectores de menores ingresos, como el impuesto al consumo (o IVA). Argumentan que
otros impuestos, en cambio, son más progresivos, ya que pagan proporcionalmente más los
que más tienen. Este sería el caso del Impuesto a las Ganancias.
Los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)
recaudaron en 2003 en promedio 25% de sus tributos con el Impuesto a las Ganancias de las
personas. Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda o Dinamarca recaudan más del 40% de
sus ingresos con este impuesto. En la Argentina, la AFIP recauda cerca de 2,6% en concepto
de ganancias de las personas físicas.
Según Moskovits y Susmel, la reforma podría haber contemplado el Impuesto a las
Ganancias que recae sobre las empresas. Ello sería por dos motivos, argumentan. Primero,
porque la alícuota en el país es alta en términos internacionales y la tendencia
reciente es a reducirla. Segundo, por la asimetría en el tratamiento de personas y
empresas, debido a la falta de ajuste por inflación para estas últimas: Estos dos
elementos se traducen en un desincentivo para la inversión.
De esta forma, según la mayoría de los economistas, la medida es cuestionable desde
algunos puntos de vista. Empeora los problemas distributivos, genera mayores presiones
inflacionarias, no tiende a mejorar la eficiencia de la economía y pone algún peso sobre
la sostenibilidad fiscal si, como correspondería después de esta medida, se extiende el
ajuste por inflación a las empresas.
Entre los especialistas, lo que sorprendió negativamente del proyecto aprobado por el
Senado fue la falta de actualización en los valores de algunas deducciones del impuesto
en cuestión. Hacen hincapié en los montos que se podrían descontar por seguros de vida
y por aportes a los planes de seguro de retiro privado, los cuales han permanecido
invariables en los últimos 15 años. La decisión adoptada parece más bien una
respuesta electoralista a las demandas sindicales, concluyen en su trabajo Moskovits
y Susmel.
Lo cierto es que colegios profesionales y asociaciones de tributaristas de todo el país
consideran que los reclamos de reformas que desde hace varios años vienen llevando a cabo
fueron ignorados en esta oportunidad y, en cambio, se ha dado luz verde a un reclamo
sindical. Fue una medida orientada a desactivar protestas sindicales en los meses
previos a las elecciones presidenciales, dice off the record un conocido economista
de la city porteña.
¿Existe realmente costo?
Luego de la promulgación de la ley, y tras las alentadoras cifras publicadas sobre
recaudación que mes tras mes registra nuevos récords -en agosto aumentó 37,4% y en lo
que va del año la recaudación impositiva alcanza $ 127.370 millones, 32,7% más que en
igual período del año anterior-, tributaristas y algunos economistas aseguran que la
sustentabilidad fiscal está garantizada y que considerar solamente el costo fiscal que
plantea l Gobierno ($1.500 millones) no es correcto.
El Dr. César Litvin, coordinador de la Comisión Asesora de Asuntos Tributarios de la
FACPCE, admite que es difícil medir el verdadero costo fiscal de la medida.
Pero, teniendo en cuenta que en la discusión que se libró en la Cámara de Diputados, el
titular de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Snopek, dijo que el costo
adicional era de $200 millones, Litvin se arriesga a decir que el verdadero número
está más cerca de los $200 millones que de los $1.500 millones".
Pero, aun si el costo fuera de $1.500 millones para este año -como dice el Gobierno-, los
tributaristas creen que la reforma debería haber sido más profunda. ¿Por
qué?Porque los $1.500 millones estarían completamente cubiertos simplemente con
el superávit de julio. Esto esasí dado que, en el séptimo mes del año, el saldo
a favor de las cuentas del Estado, luego del pago de intereses de la deuda, se
ubicó en $1.520 millones. Por lotanto quedaría espacio para haber implementado una
eforma como la que la Federación y el CPCECABA apoyaron en su momento: la
inclusión de la cuarta y la tercera categoría (profesionales y autónomos), que se
encuentran afectadas por no haber sido consideradas en esta reforma.
Otro punto a favor de esta visión es que, más allá de que las cuentas del Estado estén
cubiertas con el superávit de un mes, el ayor costo fiscal será complementado por el
efecto consumo. La reforma de Ganancias generará un incremento en el
salario de bolsillo del conjunto de trabajadores alcanzados por estas modificaciones
explica Frigerio en uno de sus informes-; debido a que la mayoría de estos
empleados pertenece a sectores medios de la población, es probable que un alto porcentaje
del ingreso adicional disponible se vuelque al consumo privado. Y agrega: el
costo fiscal neto de la medida sería menor al anunciado por el Gobierno Nacional, dado
que la pérdida por Ganancias sería compensada por una mayor recaudación de impuestos
que gravan al consumo e incluso en concepto del Impuesto a las Ganancias generado
por el mayor consumo de bienes y servicios.
El Consejo envía notas al
PEN y al Congreso
En una reunión donde previamente había hablado el presidente de la FACPCE, Dr. Miguel
Felicevich, Litvin expresó con respecto a la tablita de Machinea que no
hay razón de ser ahora que ya no hay más impuestazo. El resultado de la tablita trajo
más problemas que soluciones.
Por su parte, el Dr. José Escandell, presidente del CPCECABA, señaló que:
compartimos totalmente el proyecto de la Federación y los Consejos, incluido el
nuestro, que reclama la eliminación de la tablita y la equiparación de los
profesionales y autónomos con los empleados en relación de dependencia. Por lo
tanto dijo: desde nuestro lugar pediremos recuperar el equilibrio, la justicia, la
equidad y la legalidad.
El CPCECABA actuó a través de las vías legales para elevar su pedido. Primero se
acercó un proyecto de ley al diputado Snopek con el objeto de reformar no solamente la
ley que regula el Impuesto a las Ganancias, sino además el Impuesto sobre los
Bienes Personales. Asimismo se giraron sendas notas al residente de la Nación, Dr.
Néstor Kirchner, y al Ministro de Economía de la Nación, Dr. Miguel Peirano, fijando la
posición del Consejo con respecto al proyecto que fuera elevado por el PEN.
Como puntos salientes del texto se hizo mención a los siguientes:
Manifestar el disconformismo acerca de la profundización
de la discriminación que se produce, en relación con el trabajo personal de quien presta
servicios como autónomo, respecto de aquellos que realizan idénticas labores en
relación de dependencia.
Reclamar la inmediata derogación de la tablita de Machinea
por sus efectos agraviantes para los contribuyentes con ingresos netos superiores a $
7.000.
Readecuación de los mínimos no imponibles del Impuesto sobre los Bienes
Personales, cuya actualización propiciamos.
Más tarde se envió nota a
Capitanich y al resto de los integrantes de la Comisión que este preside. |