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El Consejo - Actuación profesional

Profesiones
La Ley 20.488, en su Art. 1º, fija como profesiones en Ciencias Económicas las de Licenciado en Economía, Contador Público, Licenciado en Administración y Actuario, condicionando su ejercicio profesional a su inscripción en las matrículas respectivas.

La misma ley fija la condición de equivalencia de títulos universitarios no coincidentes con los expresados, y la condición especial de los Doctores en Ciencias Económicas, y de los inscriptos en el Registro Especial de no Graduados conforme al Dto.- Ley 5.103/45 (Art. 7º).

A su vez, para cubrir las necesidades del resto de los profesionales en Ciencias Económicas no contemplados en la Ley 20.488 el Consejo ha dispuesto la apertura de un Registro Especial de Graduados con títulos “no tradicionales”, mediante una resolución del consejo directivo (Res. CD 167/2007).

De esta manera, la Institución extendió sus servicios y beneficios a los graduados de las siguientes carreras: Lic. en Administración. Agraria, Lic. en Economía Agropecuaria, Lic. en Administración Técnica y Rural, Lic. en Finanzas de Empresas, Lic. en Bancos y Empresas Financieras, Lic. en Administración Pública y Municipal, Lic. en Comercialización, Lic. en Finanzas, Lic. en Administración Financiera, Lic. en Comercio Internacional, Lic. en Comercio Exterior, Lic. en Administración con orientación en Salud y Seguro Sociales, Lic. en Economía Empresarial, Lic. en Organización. y Técnica del Seguro, Lic. en Administración de Servicios de la Salud, Lic. en Adm. Pública y Cs. Políticas, Lic. en Adm. Gubernamental, Lic. en Cooperativas, Lic. en Administración Naviera, Lic. en Administración Pública, Lic. en Economía Marítima, Lic. en Adm. y Gestión de Políticas Sociales, Lic. en Adm. Orientación Sector. Público, Lic. en Ingeniería Comercial, Lic. en Administración de Cooperativas y Mutuales, Lic. en Relaciones Industriales, Lic. en Organización de la Producción, Lic. en Mercado de Capitales, Lic. en Adminsitración Bancaria, Lic. en Administración hotelera, Lic. en Administración Naval.

Por su parte, los Licenciados en Sistemas de Información de las Organizaciones, graduados en la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, o los egresados de carreras equivalentes en otras Universidades (*), pueden inscribirse en el Registro Especial de Licenciados en Sistemas de Información y acceder a los servicios, las facilidades y las prestaciones ofrecidas a los matriculados, salvo ser elector o candidato para integrar el Consejo Directivo o el Tribunal de Ética Profesional o la Comisión Fiscalizadora (Res. CD 41/05 (zip, 167Kb).

El Reglamento para este Registro, como para el de los demás graduados de carreras no tradicionales, fue aprobado por la Res. CD 69/08.

(*) Cuando el análisis de la currícula determine el encuadre de la carrera con las Ciencias Económicas.

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