Legalizaciones > Modalidad de legalización por cuenta corriente > Procedimiento vigente

Los informes o certificaciones sujetos a legalización deberán estar firmados por el titular de la cuenta y serán presentados en las bocas de recepción habituales. Al entregar la documentación se deberá avisar al receptor que se utilizará la cuenta corriente del matriculado y se presentará la autorización para su uso , en caso de corresponder. Una vez aceptada la documentación el importe de la operación será debitado directamente de la cuenta del firmante. La cuenta será asignada en forma personal para los profesionales que actúen individualmente y a la asociación profesional inscripta para los socios que actúen en esa condición.

El titular podrá optar por dos formas de autorización de débito en su cuenta:
a. LIBRE, para cualquier documentación presentada para legalizar, o
b. RESTRINGIDA, para determinados trámites. En este caso se exigirá una autorización especial extendida por el titular de la cuenta (profesional individual o socio de la asociación profesional) con mención expresa de la documentación a legalizarse.

La modalidad de cuenta corriente trabaja de forma diferida, esto significa que se difiere el pago de las operaciones efectuadas acumulándose en una cuenta cuyo saldo debe ser cancelado mensualmente.

La adhesión a esta modalidad podrá realizarse según la manera de pago elegida:
a. por débito automático a través de cualquiera de las tarjetas habilitadas
b. por pago en las cajas del Consejo,

El resumen detallado de las operaciones a debitarse de la cuenta del firmante o sociedad podrá ser consultado por medio de la página web accediendo con usuario y contraseña al área de ABM de su cuenta corriente.

Las adhesiones a la Cuenta Corriente deberán hacerse vía Web haciendo click aquí.

 

Consultas o comentarios: Correo electrónico: legalizaciones@consejocaba.org.ar

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