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Legalizaciones |
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Estados contables de
sociedades domiciliadas en el exterior |
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El
Consejo Directivo, mediante Res.
CD 92/2006, aprobó una modificación a la Resolución C. 236/88 de Control Formal de
Actuaciones Profesionales, por medio de la cual se permitirá la legalización de estados
contables de sociedades domiciliadas en el exterior, cuando el pedido de legalización de
los mismos se realice con motivo de su consolidación con una controlante domiciliada en
el país. Dichos estados contables deberán estar en moneda nacional, en idioma nacional y
preparados de acuerdo con las normas contables vigentes en el país.
Con esto se cubre una situación no contemplada en el Reglamento de Control Formal de
Actuaciones Profesionales. |
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