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Publicado: 07/04/2006

Ganancias
Sujetos del artículo 69. Reducción del primer anticipo
El Consejo envió una nota al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Dr. Alberto Abad, a efectos de reiterar el pedido de modificación del actual régimen de anticipos aplicable en el Impuesto a las Ganancias a los sujetos del artículo 69, para así retornar al sistema de once anticipos iguales establecido originalmente por la Resolución General Nº 327.

Dicha solicitud, se sustenta en el ahogo financiero al que deben enfrentarse las empresas con el presente régimen de diez anticipos, dado que en un contexto de ganancias crecientes, se obliga a dichas empresas a efectuar importantes erogaciones derivadas del ingreso del tributo en el primer mes y por el ingreso del 25% de dicho valor en concepto de primer anticipo en el mes siguiente.

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