|
|
|
|
|
Nota a la AFIP |
|
|
Res. Gral. Nº 2004.
Cesión de créditos. Medios de pago |
|
|
|
El
Consejo envió una Nota al
Administrador de la AFIP, Dr. Alberto Abad, con el fin de solicitarle se modifique la
norma reglamentaria pertinente en lo referente a la cesión de créditos y los medios de
pago autorizados, en el marco de la Ley Antievasión.
Cabe recordar que la Resolución General Nº 2004 - modificatoria de la Resolución
General Nº 1547 - introdujo una modificación al segundo párrafo del artículo 2º de
esta última, disponiendo que cuando se tratare de otros cesionarios (sujetos que no
revistan el carácter de instituciones comprendidas en la Ley Nº 21.526) deberán
emitirse los cheques a nombre del emisor de la factura.
Nuestra Institución fundamentó el pedido en el hecho de que la modificación descripta
acarrea un perjuicio a la operatoria de cesiones de créditos realizados con sujetos
diferentes a entidades financieras, desconociendo las normas jurídicas de fondo y no
produciendo beneficio fiscal alguno. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|