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Penal Económico |
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Allanamientos en Estudios Profesionales |
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Dado que este Consejo
Profesional tomó conocimiento sobre lo resuelto por un Juzgado Nacional en lo Penal
Tributario, en el que se dispuso la realización de numerosos allanamientos en Estudios
Profesionales sin la previa notificación a nuestra Institución a los fines de designar
veedores, se envió
una nota a la Excma. Cámara Nacional en lo Penal Económico, solicitando el dictado
de una Acordada tendiente a establecer que los Tribunales del fuero, en caso de disponerse
un allanamiento a un Estudio Profesional que se encuentre integrado por al menos un
matriculado de esta casa, anoticien y requieran la presencia de un Veedor.
En dicha nota, se destacó que si bien en el ámbito de los Profesionales en Ciencias
Económicas el cumplimiento de la veeduría carece de normas legales de aplicación, son
usos y costumbres las notificaciones que efectúan los juzgados, o la misma
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a fin de designar un representante
durante el procedimiento, colaborando para que el mismo pueda ser llevado a cabo en forma
exitosa, sin que ello implique suspenderlo o dilatarlo.
Por otra parte, la actuación del veedor en un allanamiento resulta un valioso aporte, no
sólo para el adecuado resguardo del secreto profesional sobre la documentación del
estudio que resulte ajena a la dilegencia procesal ordenada, sino también, y muy
especialmente, para el tribunal interviniente, aventando los riesgos de potenciales
nulidades. |
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