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Personas Físicas y Empresas |
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Ganancias, Bienes
Personales y Mínima Presunta. Nuevo pedido
de prórroga |
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Entre el 12 y 16 de mayo próximos operarán los vencimientos de los
plazos para que las personas físicas presenten sus declaraciones juradas de los impuestos
a las ganancias y sobre los bienes personales, y los sujetos empresa realicen idéntica
acción en cuanto a los
impuestos a las ganancias y mínima presunta.
En función de la coincidencia de las fechas de vencimiento para ambas clases de sujetos,
aspecto al que se le adiciona el grado de apertura de la información requerida por los
nuevos aplicativos (Ganancias Personas Físicas Bienes Personales
Versión 9.0 y Ganancias personas jurídicas Versión 8.0), este
Consejo Profesional requirió nuevamente, mediante nota enviada el pasado jueves 24/04 al Organismo
Recaudador, una postergación no inferior a los 30 días de los plazos antes comentados.
A través de ella, nuestra institución ratificó al Fisco Nacional la plena
voluntad que poseen nuestros Profesionales en Ciencias Económicas en colaborar con la
presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas de los mencionados tributos,
pero dadas las nuevas versiones, ello resulta prácticamente imposible.
Asimismo, fundamentaron lo requerido los problemas que continúan existiendo en la
versión unificada 9.0, el escaso plazo existente entre la publicación de la Resolución General Nº 2432 (norma que dispuso la obligación de
utilizar la versión 8.0 para los sujetos empresa) y los vencimientos de mayo, como así
también la generalización de la versión 8.0 para todos los sujetos empresa.
En cuanto a los plazos para ingresar el saldo resultante de las declaraciones juradas para
las personas físicas y sucesiones indivisas, cuyos vencimientos operaron en la presente
semana (21 al 25 de abril), también se solicitó su extensión, en función de la
acumulación de tareas que los profesionales en Ciencias Económicas poseen en esta época
del año y los feriados de marzo y abril que retrasaron las tareas de liquidación y pago. |
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