-

 

Publicado: 07/03/2008

Nota a la AFIP
Ganancias y Bienes Personales. Solicitud de prórroga
En virtud de las novedades transmitidas por la AFIP vinculadas al próximo vencimiento de Ganancias y Bienes Personales, dentro de las cuales se dispuso la obligación de utilizar el programa unificado “Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales – Versión 9.0”, y considerando que dicho programa no se encuentra disponible aún en la página web del Organismo Recaudador, el Consejo solicitó a éste la unificación de los vencimientos de abril al mes de mayo, con sustento en lo detallado a continuación:

Hasta el momento se encuentra vigente la Resolución General Nº 2218, norma en la que se estipuló que los sujetos cuyos ingresos brutos anuales resulten iguales o superiores a $ 144.000 se encontraban obligados a determinar e ingresar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, correspondientes al período fiscal 2007 y siguientes, utilizando el programa aplicativo unificado “Ganancias personas físicas – Bienes Personales – Versión 8.0”.

En función de lo expuesto en el párrafo anterior, hasta el presente momento, son numerosos los sujetos que – por haber obtenido en el año 2007 ingresos brutos anuales inferiores a $144.000 – han cargado la información en el programa aplicativo “Ganancias personas físicas – Versión 7.1”; por lo que en virtud de las novedades comunicadas, se verán obligados a cargar nuevamente los datos en el programa “Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales – Versión 9.0”; destacándose asimismo la mayor apertura de información solicitada por este último.

Con anterioridad a los vencimientos generales previstos entre el 21 y el 25 de abril, existirán 4 feriados nacionales, circunstancia que detraerá tiempo efectivo de trabajo a los fines de cargar en la nueva versión del programa unificado los datos correspondientes para determinar los respectivos tributos.

El escaso tiempo existente a los fines de la carga/recarga de datos en la nueva versión, más aún cuando la misma no se encuentra disponible.

Se cita como ejemplo la publicación de la Resolución General Nº 2218 – norma que aprobó el programa “Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales – Versión 8.0”, la cual se publicó el 26/02/2007, encontrándose disponible el citado programa a partir del 05/03/2007.

Por ello, se destaca que distinta es la situación actual, en la que un programa unificado es generalizado para todos los sujetos – a excepción de quienes se encuentren exclusivamente en relación de dependencia – encontrándose disponible recién a partir del 19/03/2008.

Volver  |  Página Inicio