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El Consejo Profesional solicitó al Fisco local la extensión de la fecha
de vencimiento prevista para el 28 de febrero vinculada al empadronamiento que
deben realizar los sujetos de los incisos 25, 26 y 28 del artículo 141 del Código Fiscal
debido a la información brindada por nuestros matriculados en los días pasados,
referida a: a) Dificultades para habilitar el servicio mediante clave fiscal -
Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Empadronamiento de Exentos
ISIB (demoras para darlo de alta; el sistema no reconoce la clave fiscal una vez que
se habilitó el servicio, etc.)
b) Importantes
demoras para realizar el procedimiento (mal funcionamiento de la página web circunstancia
que no permite concluir el trámite, generando al sujeto la carga de volverlo a iniciar
con las consecuentes pérdidas de tiempo que ello implica).
c) Dudas
respecto de las opciones que deben indicarse dentro del procedimiento de
empadronamiento - para quedar comprendido en la liberalidad.
En adición a
lo comentado, se cita por una parte la nota enviada por nuestra entidad el pasado
25/02/2009, en la cual se solicitaba con carácter de urgente la puesta a
disposición en la página web del procedimiento que permitía realizar el
empadronamiento; como así también que la fecha de vencimiento que se requiere extender
coincide con la época de receso de actividades.
Para acceder a la nota, haga click aquí. |
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