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Publicaciones - El Consejo Actúa |
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Lavado de dinero |
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Nueva norma
profesional |
El Consejo Directivo
de nuestra Institución, en su sesión del día 20 de abril, aprobó las Normas
sobre la Actuación del Contador Público como Auditor Externo y Síndico Societario en
relación con el Lavado de Activos de Origen Delictivo, de acuerdo con lo que se
había adelantado en la anterior edición de El
Consejo Actúa.
La norma contable profesional, dictada bajo la Resolución C.D. N° 40/05, regula las
actividades del auditor externo y el síndico societario en el marco legal determinado por
la ley N° 25.246 y la Resolución N° 3/2004 de la Unidad de Información Financiera
(UIF), que reglamenta el artículo 21, incisos a) y b) de la mencionada ley, y establece
para los profesionales matriculados y asociaciones profesionales por ellos integradas,
cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas,
la obligatoriedad de observar las disposiciones de dicha resolución.
Esta norma ha sido elaborada por el Grupo de Trabajo integrado por el CPCECABA junto con
la FACPCE, y consensuado con la UIF.
Es necesario destacar que, dada la naturaleza y la forma de prestación de los servicios
de auditoría externa y sindicatura societaria, y lo establecido por la UIF en la
resolución citada, cuyas pautas refieren a la oportunidad y límites del cumplimiento de
la obligación de informar las operaciones inusuales o sospechosas, se requería que el
Consejo Profesional, de acuerdo con las facultades otorgadas por la ley 466 dictara el
encuadre normativo profesional al ejercicio de las actividades de los contadores públicos
comprendidos con el fin de brindarles un marco de actuación natural, proporcionando
herramientas útiles y adecuadas para el desarrollo de una labor con características de
carga pública.
La vigencia de esta norma profesional se fijó para los ejercicios iniciados a partir del
22 de junio de 2004. Para
acceder al texto completo de la Norma, haga click aquí |
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DDJJ de los agentes de
recaudación |
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Extienden el
plazo de presentación |
Mediante un pedido
formulado por el Consejo, la Dirección General de Rentas estableció la prórroga de las
fechas de vencimiento de las obligaciones para los agentes de recaudación del año 2005.
Dicha prórroga, dispuesta por la Resolución DGR 713/05 del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, considera presentadas en término hasta el 29 de abril,
inclusive, las presentaciones de declaraciones juradas de los agentes de recaudación
correspondientes al período 3/05 y, hasta el 31 de mayo, las correspondientes a los
períodos 1/05 y 2/05.El
reclamo del Consejo
El 4 de abril pasado, el Consejo envió al director general de Rentas una nota, en la que
sugirió una prórroga de 30 a 60 días en el plazo para la presentación de las
declaraciones juradas comprendidas en los artículos 8° y 9° de la Resolución (DGR)
382/05.
Dicha Resolución estipula la obligación de presentar la declaración jurada y/o pago de
las obligaciones fiscales, por parte de los agentes de recaudación del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos, mediante el software aplicativo (versión 1.0) Agentes de
Recaudación de la Ciudad de Buenos Aires (ARCiBA).
En su artículo 8°, la Resolución mencionada dispone que el programa será de uso
obligatorio, a partir del 1° de abril, con la presentación y pago del período 3/05. En
el artículo 9°, establece que los agentes de recaudación que cumplimentaron, a través
del aplicativo SICOAR, la presentación de la declaración jurada de los períodos 1 y
2/05, deberán presentarla con los dos aplicativos: el nuevo (ARCiBA) y el anterior
(SICOAR).
Debido a que el Consejo recibió numerosas consultas e inquietudes de sus matriculados
sobre los inconvenientes técnicos con el aplicativo, le sugirió al titular de ese
organismo el plazo de la prórroga mencionada anteriormente. |
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Proyecto de Ley
Antievasión II |
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Diputados
consideró nuestro informe |
La Cámara de
Diputados aprobó el proyecto de ley, en el que se consideraron algunas de las propuestas
efectuadas por nuestro Consejo, y fue girado a la Cámara de Senadores con modificaciones
en torno a: Domicilio fiscal electrónico: será considerado de carácter optativo para los
contribuyentes.
Consulta vinculante: se elimina la facultad de la AFIP para establecer el
arancelamiento del régimen.
Multa por la no presentación de
declaraciones juradas informativas: disminuyen
los montos de las sanciones a aplicar ($5.000 a $ 10.000).
Agente encubierto: será requisito la previa existencia de
una orden librada por juez administrativo, fundada en los antecedentes fiscales de los
contribuyentes que se han de verificar.
Responsabilidad solidaria del Síndico
por costas: Se logró que se dejara de lado la
atribución al síndico consursal de responsabilidad solidaria por las costas en los
incidentes tardíos promovidos por la AFIP.
El informe del Consejo
El Consejo elevó a las respectivas comisiones de Presupuesto y Hacienda, pertenecientes a
las Honorables Cámaras de Dipu-tados y Senadores del Congreso de la Nación, un informe
elaborado por la Comisión de Estudios Tributarios que analiza el proyecto de Ley
Antievasión II.
El informe estudia las principales modificaciones a realizar en la ley Nº 11.683 de
Procedimientos Tributarios. Describe las falencias que poseen las propuestas y
sugiere los cambios que correspondería implementar a tales efectos.
Entre otros puntos analizados en el reporte, se enumeran a continuación algunos cuya
modificación el Consejo consideró necesaria:
Domicilio fiscal electrónico: se sugiere la
implementación del domicilio fiscal electrónico de manera progresiva y no obligatoria,
dado que no todos los contribuyentes cuentan con los recursos necesarios para el
cumplimiento de dicha obligación. Asimismo resalta que se debe contar con las garantías
de seguridad para que las notificaciones entre las partes puedan surtir efecto.
Consulta vinculante: el Consejo no justifica el arancelamiento en razón de
tratarse de la seguridad jurídica en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Multa por la no presentación de
declaraciones juradas informativas: se
consideran excesivos los montos de las sanciones a aplicar ($ 10.000 a $20.000), teniendo
en cuenta que es elevada la cantidad de contribuyentes alcanzados por los regímenes de
información.
Multa por incumplimiento defectuoso de
deber formal: atenta contra el principio de
proporcionalidad de la pena al querer sancionar de igual modo tanto a un cumplimiento
defectuoso como el total.
Agente encubierto: la medida otorga una peligrosa facultad a los agentes
fiscalizadores, quienes pueden inducir al sujeto pasivo a no emitir y no entregar la
factura o documento equivalente, generándose así numerosas situaciones conflictivas.
Prescripción: se pretende ampliar el plazo quinquenal para solucionar un
problema del fisco, que tiene origen en su demorado accionar. |
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Extensión en las
fechas de vencimiento |
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Impuestos a las
Ganancias y sobre los Bienes Personales |
Las autoridades del
Consejo enviaron una nota al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos
para solicitarle que se disponga la extensión del plazo al mes de mayo de 2005 para la
presentación, y pago, de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y
sobre los Bienes Personales, estipulada para el mes de abril de 2005.
Los contribuyentes que deben hacer esta presentación, para el año fiscal 2004, son las
personas físicas o sucesiones indivisas que no posean participaciones en sociedades y que
cierren sus ejercicios comerciales en el mes de diciembre.
Debido a que en el mes de mayo de 2005 también deben cumplir con estas obligaciones
aquellos sujetos que cuentan con participaciones en sociedades, con cierre comercial en el
mes de diciembre, el Consejo solicitó que se unifiquen ambas fechas de vencimiento al mes
de mayo de este año. |
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Censo Nacional
Económico |
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Colaboración
con el INDEC |
El Consejo, a pedido
de la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, colaboró con la realización del Censo Nacional Económico.
A través de nuestro Servicio de Empleos, se realizó la selección de los profesionales
que se desempeñan como jefes de censistas y jefes de zona.
Asimismo, se facilitaron las salas del Consejo para la capacitación de los jefes de zona
incorporados y se asignó una para que funcione como centro coordinador, la que será
utilizada por dos jefes de zona durante la realización del Censo Nacional Económico. |
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Seguro de vida
colectivo |
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Continúan las
adhesiones |
Más de 3.500
matriculados se encuentran adheridos a la Póliza Colectiva de Seguro de Vida que este
Consejo Profesional tiene contratada con PROVINCIA SEGUROS S.A.
Desde una prima trimestral de $38,62, los matriculados, y sus cónyuges, pueden acceder a
un capital de $25.000 y estar cubiertos por los riesgos de: muerte, indemnización total y
permanente por accidente, indemnización adicional por pérdidas físicas como
consecuencia de accidente, trasplante de órganos, anticipo del 50% del capital asegurado
por enfermedad terminal, con un límite de hasta $25.000.
La continuidad del interés de los matriculados en considerar incorporarse a la póliza
quedó demostrada en un aumento de un 4% durante el último año.
Aquellos que necesiten mayor información sobre las condiciones de incorporación podrán
obtenerla comunicándose al teléfono 5382-9427 de 9:00 a 18:30 o enviando un correo
electrónico a seguro_vida@cpcecf.org.ar |
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Impuesto a las
Ganancias. RG 327 |
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Por la
reducción del primer anticipo |
El Consejo solicitó
la modificación del actual régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias para que se
retome el sistema de 11 anticipos iguales, establecido originalmente por la Resolución
General AFIP N° 327.
Dicha solicitud fue enviada al titular de la Administración Federal de Ingresos
Públicos, con fecha 8 de abril de 2005, en la que, además, se le recordó que el actual
régimen con las modificaciones introducidas por la RG 839 dispone 10 anticipos y que el
primero de ellos es equivalente al 25% de la base de cálculo de estos anticipos.
Nuestra Institución fundamentó la necesidad de plantear este pedido debido al ahogo
financiero al que deben enfrentarse las empresas, particularmente las PyME, ya que la
actual disposición atenta contra su adecuado desarrollo y se encuentran, además, con
severas limitaciones para acceder a las líneas de financiación.
Con el propósito de consolidar la actual situación económica del país, el Consejo
requiere esta modificación, que ayudará a mejorar la situación financiera de las
empresas sin comprometer la recaudación por este gravamen. |
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SSEPyME. Programa de
Crédito Fiscal |
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Rendiciones de
cuentas |
El Consejo y la
Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa (SSEPyME) han consensuado un modelo de
certificación para que quienes se incorporen al Programa de Crédito Fiscal puedan
cumplir con lo requerido por el Título VIII de la Disposición 423/2004 de la SSEPyME.
Con el fin de cumplir la exigencia de presentar la certificación contable de la
rendición de cuentas, que dispone el artículo 26 de esa disposición, las
certificaciones, firmadas por Contador Público, deberán contar con la legalización del
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Con anterioridad, se procedió en igual forma con relación a las certificaciones
requeridas para ingresar al Programa de Crédito Fiscal, de parte de los solicitantes y
unidades capacitadoras, en las cuales se determinaban, entre otros aspectos, la calidad de
la PyME, la masa salarial y la situación fiscal de las empresas que ingresaban a dicho
programa.
Los distintos modelos de certificación pueden consultarse haciendo
click aquí, y en el Área de la Comisión de Problemática de la Pequeña y Mediana
Empresa. |
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Unificación de fechas
de vencimiento |
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La AFIP aceptó
nuestra propuesta |
A partir de un pedido
realizado por nuestro Consejo, la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso la
prórroga de la fecha de vencimiento para presentar la declaración jurada del Impuesto
sobre los Bienes Personales y a la Ganancia Mínima Presunta, correspondiente al período
fiscal 2004.
Por Resolución General 1860, esa Administración Federal estableció la prórroga hasta
el 10 de junio de 2005 para quienes perciban ganancias sujetas al régimen de retención
de empleados en relación de dependencia y, a su vez, tengan ingresos de otras
categorías.
A su vez, la RG (AFIP) 1797 implementó la prórroga del vencimiento del Impuesto a las
Ganancias, lo que hace que los vencimientos queden unificados a la fecha mencionada de
acuerdo con lo solicitado por el Consejo el pasado 16 de marzo. |
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Condolencias |
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Fallecimiento
de Juan Pablo II |
Ante el fallecimiento
del Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, Juan Pablo II, el Consejo envió una nota de
condolencias al Nuncio Apostólico, su Excelencia Reverendísima Monseñor Adriano
Bernardini.
Nuestra Institución expresó así su profundo pesar por la pérdida que significa para la
humanidad la muerte de un gran líder espiritual que construyó con notable sentido del
equilibrio un firme pensamiento sobre los problemas sociales y morales de nuestro tiempo.
En sus incontables viajes por el mundo, llevó su mensaje de fe y caridad en la búsqueda
de la paz, la libertad y la preservación de los derechos humanos. |
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Autoridades del
Consejo visitaron al titular de la Inspección General de Justicia, Dr. Ricardo Nissen, el
12 de abril pasado.
Durante esa visita, los Dres. Humberto Á. Gussoni, Guillermo Fernández y Oscar Albor, en
representación del Consejo, realizaron una reunión en la que lo invitaron a constituir
un grupo de trabajo entre ambas instituciones con el objetivo de flexibilizar el
tratamiento de los temas que hacen al interés común, y se pusieron a disposición de esa
Inspección. |
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Servicio a los
matriculados |
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SIMECO en
acción |
El SIMECO Sistema
Médico del Consejo recuerda a los matriculados que, después de 20 años de prestación
de servicios, continúa con el aval de un cuerpo médico que reúne a destacados
especialistas y a entidades de diagnóstico y tratamiento e internación de elevado
prestigio.
Cuenta con aproximadamente 20.000 asociados, que testimonian el nivel de satisfacción
superlativo, comprobado en las recientes encuestas realizadas por especialistas en el
tema.
Además, en la atención de emergencias, se extendió el área de cobertura a las
principales ciudades del país, que se agregan a las áreas de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y a la metropolitana del Gran Buenos Aires.
Como parte del Programa Estratégico de Calidad se puso en marcha el Servicio de Atención
Personalizada (SAP), en el que, a través de un 0800, los asociados cuentan con un
servicio de atención para las situaciones de urgencias, emergencias y orientación las 24
horas de los 365 días del año.
Mediante ciclos de conferencias, dictados por los especialistas de la cartilla médica, se
realizaron programas de prevención y de difusión de hábitos dirigidos a todos los
matriculados con el propósito de afianzar los principios más destacables en la materia.
Los convenios suscriptos con obras sociales permiten aprovechar en nuestros planes los
aportes de ley generados por la relación de dependencia y el Monotributo.
Los matriculados interesados en obtener más información sobre los planes del SIMECO
pueden conseguirla en el sector de Promoción, ubicado en PB de Viamonte 1549, en el
horario de 9 a 18:30; telefónicamente al: 5382-9468/9449/9466/9489 o por correo
electrónico en promocion@cpcecf.org.ar. |
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Curso sobre
normas nacionales e internacionales |
Se inició la edición
2005 de este curso de especialización en normas de contabilidad y auditoría, que se
dicta en la Escuela de Educación Continuada del Consejo (EEC), con la participación de
destacados especialistas y una duración total de 200 horas.
El total de las inscripciones refleja el interés de los profesionales por conocer la
normativa nacional y su relación con la de carácter internacional, evaluar críticamente
ambos cuerpos normativos y aplicar los conocimientos adquiridos a la resolución de casos
reales. |
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Tribunal Arbitral |
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Conferencia
sobre el CIADI |
El Tribunal Arbitral
del Consejo organizó el pasado jueves 7 de abril una conferencia sobre los casos contra
la República Argentina radicados en el Centro de Disputas Relativas a Inversiones
(CIADI).
La conferencia estuvo a cargo del Dr. Carlos Ignacio Suárez Anzorena, ex negociador de la
Procuración del Tesoro y representante de la República Argentina en arbitrajes relativos
a contratos de servicios públicos, de la construcción, financieros y tratados
bilaterales de inversión.
Acompañaron al orador el Dr. Orlando Ocampo, director del Tribunal Arbitral, quien
realizó la introducción al tema, y el Dr. Carlos A. Pezzini, presidente de la Comisión
de Arbitraje, ambos representantes del Consejo.
Los organizadores vieron cumplida la finalidad de esta conferencia, que les permitió a
los árbitros y profesionales interesados en el tema ampliar su información acerca de la
situación actual y de las posibilidades argentinas en estos conflictos. Además, pudieron
escuchar, participar y aclarar aspectos del CIADI, sólo conocidos a través de
informaciones y artículos periodísticos no siempre documentados y desinteresados. |
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En el mes de abril, el
Centro de Mediación del Consejo (CeMeCo) brindó actividades académicas en el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Formosa y despertó el interés de
las autoridades y los matriculados del citado Consejo sobre el creciente campo de la
Negociación, Mediación y Facilitación, y del rol que les cabe a los profesionales en
Ciencias Económicas en su desarrollo.
En esa oportunidad, el presidente del Consejo de Formosa, Dr. Evelio Irala, y la directora
del CeMeCo, Dra. Alicia Millán, participaron del programa televisivo Mediodía
Expréss, que se transmite en directo por el canal abierto de esa ciudad, en el que
la comunidad pudo ampliar sus conocimientos sobre los mecanismos pacíficos para gestionar
sus conflictos en forma civilizada.
Los seminarios dictados por el CeMeCo, organizados por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Formosa, y con el apoyo de nuestro Consejo, fueron declarados de Interés
Parlamentario por la Cámara de Diputados de dicha provincia, según Resolución Nº 1419
del 31 de marzo del corriente año. |
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Actuación Profesional
en el ámbito judicial. De interés para perítos |
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Creación de
nuevas subcomisiones |
La Comisión de
Actuación Profesional en el Ámbito Judicial informa a los matriculados que se
desempeñan en esta especialidad que se han creado distintas subcomisiones con la
finalidad de canalizar adecuadamente las diversas inquietudes referidas a la problemática
judicial.
A continuación se detallan las subcomisiones y sus objetivos:
Jurisprudencia: recopilación de fallos que
resulten de interés para los peritos.
Página Web: actualización permanente, con información y jurisprudencia, de la
página de Internet de la Comisión.
Defensa Profesional: tratará sobre aquellas cuestiones que, en el ejercicio de
la función, afecten al auxiliar de la justicia en sus derechos, tales como resoluciones
dictadas por los jueces que se aparten del ordenamiento legal (regulaciones de honorarios,
maltrato profesional, etc.).
Seguimiento Proyectos Legislativos: control del grado de avance de aquellos proyectos que se
presenten en la Legislatura Nacional y la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se
mantendrán las entrevistas que correspondan con los legisladores que tratan los
proyectos.
Auxiliares de la Justicia en
jurisdicción de la CABA: atento a la reciente
creación de la actuación pericial en esta jurisdicción, se investigará todo lo
relativo al funcionamiento de la misma, inscripción de peritos, designaciones,
regulación de honorarios y su normativa, y recopilación de jurisprudencia.
Regulación y Honorarios en el Fuero de
la Seguridad Social: se abordará la
problemática de los peritos respecto de la regulación y ejecución de los honorarios.
Quienes quieran hacer llegar sus
inquietudes para que sean consideradas por las distintas subcomisiones deberán
presentarlas, por medio de una nota dirigida a la subcomisión correspondiente, la que
depositarán en la recepción de la Gerencia Técnica, en un buzón habilitado
especialmente a tal efecto.
En la Comisión de Actuación Profesional en el Ámbito Judicial, se encuentran los datos
que deberá contener la nota. |
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Oficina de Subastas
Judiciales |
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Modificación
del reglamento |
El Consejo de la
Magistratura aprobó por Resolución 60/2005, con fecha 10 de marzo, el nuevo Reglamento
para la Oficina de Subastas Judiciales.
Dicha Oficina fue creada por la Acordada 10/99 de la CSJN y transferida al Consejo de la
Magistratura por la Acordada 23 del 14 de octubre de 2003.
El Reglamento mencionado contiene, entre otras, las reglas específicas respecto de los
horarios y prosecución de los remates judiciales en caso de suspensión, turnos,
identificación de concurrentes, registro informatizado de subastas y arancel por abonar.
Previo a su aprobación, el proyecto de Reglamento fue remitido para su conocimiento a las
Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Civil, en lo Comercial y en lo Civil y Comercial
Federal, y recibió de ellas observaciones y propuestas. Una vez analizadas las
observaciones, se introdujeron algunas modificaciones en el proyecto original. |
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