-

 

Publicaciones - El Consejo Actúa

ECA - Abril 2005
Lavado de dinero
Nueva norma profesional
El Consejo Directivo de nuestra Institución, en su sesión del día 20 de abril, aprobó las “Normas sobre la Actuación del Contador Público como Auditor Externo y Síndico Societario en relación con el Lavado de Activos de Origen Delictivo”, de acuerdo con lo que se había adelantado en la anterior edición de El Consejo Actúa.

La norma contable profesional, dictada bajo la Resolución C.D. N° 40/05, regula las actividades del auditor externo y el síndico societario en el marco legal determinado por la ley N° 25.246 y la Resolución N° 3/2004 de la Unidad de Información Financiera (UIF), que reglamenta el artículo 21, incisos a) y b) de la mencionada ley, y establece para los profesionales matriculados y asociaciones profesionales por ellos integradas, cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, la obligatoriedad de observar las disposiciones de dicha resolución.

Esta norma ha sido elaborada por el Grupo de Trabajo integrado por el CPCECABA junto con la FACPCE, y consensuado con la UIF.

Es necesario destacar que, dada la naturaleza y la forma de prestación de los servicios de auditoría externa y sindicatura societaria, y lo establecido por la UIF en la resolución citada, cuyas pautas refieren a la oportunidad y límites del cumplimiento de la obligación de informar las operaciones inusuales o sospechosas, se requería que el Consejo Profesional, de acuerdo con las facultades otorgadas por la ley 466 dictara el encuadre normativo profesional al ejercicio de las actividades de los contadores públicos comprendidos con el fin de brindarles un marco de actuación natural, proporcionando herramientas útiles y adecuadas para el desarrollo de una labor con características de carga pública.

La vigencia de esta norma profesional se fijó para los ejercicios iniciados a partir del 22 de junio de 2004.

Para acceder al texto completo de la Norma, haga click aquí

DDJJ de los agentes de recaudación
Extienden el plazo de presentación
Mediante un pedido formulado por el Consejo, la Dirección General de Rentas estableció la prórroga de las fechas de vencimiento de las obligaciones para los agentes de recaudación del año 2005.

Dicha prórroga, dispuesta por la Resolución DGR 713/05 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considera presentadas en término hasta el 29 de abril, inclusive, las presentaciones de declaraciones juradas de los agentes de recaudación correspondientes al período 3/05 y, hasta el 31 de mayo, las correspondientes a los períodos 1/05 y 2/05.

El reclamo del Consejo

El 4 de abril pasado, el Consejo envió al director general de Rentas una nota, en la que sugirió una prórroga de 30 a 60 días en el plazo para la presentación de las declaraciones juradas comprendidas en los artículos 8° y 9° de la Resolución (DGR) 382/05.

Dicha Resolución estipula la obligación de presentar la declaración jurada y/o pago de las obligaciones fiscales, por parte de los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, mediante el software aplicativo (versión 1.0) “Agentes de Recaudación de la Ciudad de Buenos Aires” (ARCiBA).

En su artículo 8°, la Resolución mencionada dispone que el programa será de uso obligatorio, a partir del 1° de abril, con la presentación y pago del período 3/05. En el artículo 9°, establece que los agentes de recaudación que cumplimentaron, a través del aplicativo SICOAR, la presentación de la declaración jurada de los períodos 1 y 2/05, deberán presentarla con los dos aplicativos: el nuevo (ARCiBA) y el anterior (SICOAR).

Debido a que el Consejo recibió numerosas consultas e inquietudes de sus matriculados sobre los inconvenientes técnicos con el aplicativo, le sugirió al titular de ese organismo el plazo de la prórroga mencionada anteriormente.

Proyecto de Ley Antievasión II
Diputados consideró nuestro informe
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley, en el que se consideraron algunas de las propuestas efectuadas por nuestro Consejo, y fue girado a la Cámara de Senadores con modificaciones en torno a:

• Domicilio fiscal electrónico: será considerado de carácter optativo para los contribuyentes.

• Consulta vinculante: se elimina la facultad de la AFIP para establecer el arancelamiento del régimen.

• Multa por la no presentación de declaraciones juradas informativas: disminuyen los montos de las sanciones a aplicar ($5.000 a $ 10.000).

• Agente encubierto: será requisito la previa existencia de una orden librada por juez administrativo, fundada en los antecedentes fiscales de los contribuyentes que se han de verificar.

• Responsabilidad solidaria del Síndico por costas: Se logró que se dejara de lado la atribución al síndico consursal de responsabilidad solidaria por las costas en los incidentes tardíos promovidos por la AFIP.

El informe del Consejo

El Consejo elevó a las respectivas comisiones de Presupuesto y Hacienda, pertenecientes a las Honorables Cámaras de Dipu-tados y Senadores del Congreso de la Nación, un informe elaborado por la Comisión de Estudios Tributarios que analiza el proyecto de Ley Antievasión II.

El informe estudia las principales modificaciones a realizar en la ley Nº 11.683 –de Procedimientos Tributarios–. Describe las falencias que poseen las propuestas y sugiere los cambios que correspondería implementar a tales efectos.

Entre otros puntos analizados en el reporte, se enumeran a continuación algunos cuya modificación el Consejo consideró necesaria:

• Domicilio fiscal electrónico: se sugiere la implementación del domicilio fiscal electrónico de manera progresiva y no obligatoria, dado que no todos los contribuyentes cuentan con los recursos necesarios para el cumplimiento de dicha obligación. Asimismo resalta que se debe contar con las garantías de seguridad para que las notificaciones entre las partes puedan surtir efecto.

• Consulta vinculante: el Consejo no justifica el arancelamiento en razón de tratarse de la seguridad jurídica en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

• Multa por la no presentación de declaraciones juradas informativas: se consideran excesivos los montos de las sanciones a aplicar ($ 10.000 a $20.000), teniendo en cuenta que es elevada la cantidad de contribuyentes alcanzados por los regímenes de información.

• Multa por incumplimiento defectuoso de deber formal: atenta contra el principio de proporcionalidad de la pena al querer sancionar de igual modo tanto a un cumplimiento defectuoso como el total.

• Agente encubierto: la medida otorga una peligrosa facultad a los agentes fiscalizadores, quienes pueden inducir al sujeto pasivo a no emitir y no entregar la factura o documento equivalente, generándose así numerosas situaciones conflictivas.

• Prescripción: se pretende ampliar el plazo quinquenal para solucionar un problema del fisco, que tiene origen en su demorado accionar.

Extensión en las fechas de vencimiento
Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales
Las autoridades del Consejo enviaron una nota al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos para solicitarle que se disponga la extensión del plazo al mes de mayo de 2005 para la presentación, y pago, de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, estipulada para el mes de abril de 2005.

Los contribuyentes que deben hacer esta presentación, para el año fiscal 2004, son las personas físicas o sucesiones indivisas que no posean participaciones en sociedades y que cierren sus ejercicios comerciales en el mes de diciembre.

Debido a que en el mes de mayo de 2005 también deben cumplir con estas obligaciones aquellos sujetos que cuentan con participaciones en sociedades, con cierre comercial en el mes de diciembre, el Consejo solicitó que se unifiquen ambas fechas de vencimiento al mes de mayo de este año.
Censo Nacional Económico
Colaboración con el INDEC
El Consejo, a pedido de la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, colaboró con la realización del Censo Nacional Económico.

A través de nuestro Servicio de Empleos, se realizó la selección de los profesionales que se desempeñan como jefes de censistas y jefes de zona.

Asimismo, se facilitaron las salas del Consejo para la capacitación de los jefes de zona incorporados y se asignó una para que funcione como centro coordinador, la que será utilizada por dos jefes de zona durante la realización del Censo Nacional Económico.
Seguro de vida colectivo
Continúan las adhesiones
Más de 3.500 matriculados se encuentran adheridos a la Póliza Colectiva de Seguro de Vida que este Consejo Profesional tiene contratada con PROVINCIA SEGUROS S.A.

Desde una prima trimestral de $38,62, los matriculados, y sus cónyuges, pueden acceder a un capital de $25.000 y estar cubiertos por los riesgos de: muerte, indemnización total y permanente por accidente, indemnización adicional por pérdidas físicas como consecuencia de accidente, trasplante de órganos, anticipo del 50% del capital asegurado por enfermedad terminal, con un límite de hasta $25.000.

La continuidad del interés de los matriculados en considerar incorporarse a la póliza quedó demostrada en un aumento de un 4% durante el último año.

Aquellos que necesiten mayor información sobre las condiciones de incorporación podrán obtenerla comunicándose al teléfono 5382-9427 de 9:00 a 18:30 o enviando un correo electrónico a seguro_vida@cpcecf.org.ar
Impuesto a las Ganancias. RG 327
Por la reducción del primer anticipo
El Consejo solicitó la modificación del actual régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias para que se retome el sistema de 11 anticipos iguales, establecido originalmente por la Resolución General AFIP N° 327.

Dicha solicitud fue enviada al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, con fecha 8 de abril de 2005, en la que, además, se le recordó que el actual régimen con las modificaciones introducidas por la RG 839 dispone 10 anticipos y que el primero de ellos es equivalente al 25% de la base de cálculo de estos anticipos.

Nuestra Institución fundamentó la necesidad de plantear este pedido debido al ahogo financiero al que deben enfrentarse las empresas, particularmente las PyME, ya que la actual disposición atenta contra su adecuado desarrollo y se encuentran, además, con severas limitaciones para acceder a las líneas de financiación.

Con el propósito de consolidar la actual situación económica del país, el Consejo requiere esta modificación, que ayudará a mejorar la situación financiera de las empresas sin comprometer la recaudación por este gravamen.
SSEPyME. Programa de Crédito Fiscal
Rendiciones de cuentas
El Consejo y la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa (SSEPyME) han consensuado un modelo de certificación para que quienes se incorporen al Programa de Crédito Fiscal puedan cumplir con lo requerido por el Título VIII de la Disposición 423/2004 de la SSEPyME.

Con el fin de cumplir la exigencia de presentar la certificación contable de la rendición de cuentas, que dispone el artículo 26 de esa disposición, las certificaciones, firmadas por Contador Público, deberán contar con la legalización del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Con anterioridad, se procedió en igual forma con relación a las certificaciones requeridas para ingresar al Programa de Crédito Fiscal, de parte de los solicitantes y unidades capacitadoras, en las cuales se determinaban, entre otros aspectos, la calidad de la PyME, la masa salarial y la situación fiscal de las empresas que ingresaban a dicho programa.

Los distintos modelos de certificación pueden consultarse haciendo click aquí, y en el Área de la Comisión de Problemática de la Pequeña y Mediana Empresa.
Unificación de fechas de vencimiento
La AFIP aceptó nuestra propuesta
A partir de un pedido realizado por nuestro Consejo, la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso la prórroga de la fecha de vencimiento para presentar la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales y a la Ganancia Mínima Presunta, correspondiente al período fiscal 2004.

Por Resolución General 1860, esa Administración Federal estableció la prórroga hasta el 10 de junio de 2005 para quienes perciban ganancias sujetas al régimen de retención de empleados en relación de dependencia y, a su vez, tengan ingresos de otras categorías.

A su vez, la RG (AFIP) 1797 implementó la prórroga del vencimiento del Impuesto a las Ganancias, lo que hace que los vencimientos queden unificados a la fecha mencionada de acuerdo con lo solicitado por el Consejo el pasado 16 de marzo.
Condolencias
Fallecimiento de Juan Pablo II
Ante el fallecimiento del Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, Juan Pablo II, el Consejo envió una nota de condolencias al Nuncio Apostólico, su Excelencia Reverendísima Monseñor Adriano Bernardini.

Nuestra Institución expresó así su profundo pesar por la pérdida que significa para la humanidad la muerte de un gran líder espiritual que construyó con notable sentido del equilibrio un firme pensamiento sobre los problemas sociales y morales de nuestro tiempo. En sus incontables viajes por el mundo, llevó su mensaje de fe y caridad en la búsqueda de la paz, la libertad y la preservación de los derechos humanos.
Visita a la IGJ
Autoridades del Consejo visitaron al titular de la Inspección General de Justicia, Dr. Ricardo Nissen, el 12 de abril pasado.

Durante esa visita, los Dres. Humberto Á. Gussoni, Guillermo Fernández y Oscar Albor, en representación del Consejo, realizaron una reunión en la que lo invitaron a constituir un grupo de trabajo entre ambas instituciones con el objetivo de flexibilizar el tratamiento de los temas que hacen al interés común, y se pusieron a disposición de esa Inspección.
Servicio a los matriculados
SIMECO en acción
El SIMECO Sistema Médico del Consejo recuerda a los matriculados que, después de 20 años de prestación de servicios, continúa con el aval de un cuerpo médico que reúne a destacados especialistas y a entidades de diagnóstico y tratamiento e internación de elevado prestigio.

Cuenta con aproximadamente 20.000 asociados, que testimonian el nivel de satisfacción superlativo, comprobado en las recientes encuestas realizadas por especialistas en el tema.

Además, en la atención de emergencias, se extendió el área de cobertura a las principales ciudades del país, que se agregan a las áreas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la metropolitana del Gran Buenos Aires.

Como parte del Programa Estratégico de Calidad se puso en marcha el Servicio de Atención Personalizada (SAP), en el que, a través de un 0800, los asociados cuentan con un servicio de atención para las situaciones de urgencias, emergencias y orientación las 24 horas de los 365 días del año.

Mediante ciclos de conferencias, dictados por los especialistas de la cartilla médica, se realizaron programas de prevención y de difusión de hábitos dirigidos a todos los matriculados con el propósito de afianzar los principios más destacables en la materia.

Los convenios suscriptos con obras sociales permiten aprovechar en nuestros planes los aportes de ley generados por la relación de dependencia y el Monotributo.

Los matriculados interesados en obtener más información sobre los planes del SIMECO pueden conseguirla en el sector de Promoción, ubicado en PB de Viamonte 1549, en el horario de 9 a 18:30; telefónicamente al: 5382-9468/9449/9466/9489 o por correo electrónico en promocion@cpcecf.org.ar.
Curso sobre normas nacionales e internacionales
Se inició la edición 2005 de este curso de especialización en normas de contabilidad y auditoría, que se dicta en la Escuela de Educación Continuada del Consejo (EEC), con la participación de destacados especialistas y una duración total de 200 horas.

El total de las inscripciones refleja el interés de los profesionales por conocer la normativa nacional y su relación con la de carácter internacional, evaluar críticamente ambos cuerpos normativos y aplicar los conocimientos adquiridos a la resolución de casos reales.
Tribunal Arbitral
Conferencia sobre el CIADI
El Tribunal Arbitral del Consejo organizó el pasado jueves 7 de abril una conferencia sobre los casos contra la República Argentina radicados en el Centro de Disputas Relativas a Inversiones (CIADI).

La conferencia estuvo a cargo del Dr. Carlos Ignacio Suárez Anzorena, ex negociador de la Procuración del Tesoro y representante de la República Argentina en arbitrajes relativos a contratos de servicios públicos, de la construcción, financieros y tratados bilaterales de inversión.

Acompañaron al orador el Dr. Orlando Ocampo, director del Tribunal Arbitral, quien realizó la introducción al tema, y el Dr. Carlos A. Pezzini, presidente de la Comisión de Arbitraje, ambos representantes del Consejo.

Los organizadores vieron cumplida la finalidad de esta conferencia, que les permitió a los árbitros y profesionales interesados en el tema ampliar su información acerca de la situación actual y de las posibilidades argentinas en estos conflictos. Además, pudieron escuchar, participar y aclarar aspectos del CIADI, sólo conocidos a través de informaciones y artículos periodísticos no siempre documentados y desinteresados.
El CeMeCo en Formosa
En el mes de abril, el Centro de Mediación del Consejo (CeMeCo) brindó actividades académicas en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Formosa y despertó el interés de las autoridades y los matriculados del citado Consejo sobre el creciente campo de la Negociación, Mediación y Facilitación, y del rol que les cabe a los profesionales en Ciencias Económicas en su desarrollo.

En esa oportunidad, el presidente del Consejo de Formosa, Dr. Evelio Irala, y la directora del CeMeCo, Dra. Alicia Millán, participaron del programa televisivo “Mediodía Expréss”, que se transmite en directo por el canal abierto de esa ciudad, en el que la comunidad pudo ampliar sus conocimientos sobre los mecanismos pacíficos para gestionar sus conflictos en forma civilizada.

Los seminarios dictados por el CeMeCo, organizados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Formosa, y con el apoyo de nuestro Consejo, fueron declarados de Interés Parlamentario por la Cámara de Diputados de dicha provincia, según Resolución Nº 1419 del 31 de marzo del corriente año.
Actuación Profesional en el ámbito judicial. De interés para perítos
Creación de nuevas subcomisiones
La Comisión de Actuación Profesional en el Ámbito Judicial informa a los matriculados que se desempeñan en esta especialidad que se han creado distintas subcomisiones con la finalidad de canalizar adecuadamente las diversas inquietudes referidas a la problemática judicial.

A continuación se detallan las subcomisiones y sus objetivos:

• Jurisprudencia: recopilación de fallos que resulten de interés para los peritos.

• Página Web: actualización permanente, con información y jurisprudencia, de la página de Internet de la Comisión.

• Defensa Profesional: tratará sobre aquellas cuestiones que, en el ejercicio de la función, afecten al auxiliar de la justicia en sus derechos, tales como resoluciones dictadas por los jueces que se aparten del ordenamiento legal (regulaciones de honorarios, maltrato profesional, etc.).

• Seguimiento Proyectos Legislativos: control del grado de avance de aquellos proyectos que se presenten en la Legislatura Nacional y la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se mantendrán las entrevistas que correspondan con los legisladores que tratan los proyectos.

• Auxiliares de la Justicia en jurisdicción de la CABA: atento a la reciente creación de la actuación pericial en esta jurisdicción, se investigará todo lo relativo al funcionamiento de la misma, inscripción de peritos, designaciones, regulación de honorarios y su normativa, y recopilación de jurisprudencia.

• Regulación y Honorarios en el Fuero de la Seguridad Social: se abordará la problemática de los peritos respecto de la regulación y ejecución de los honorarios.

Quienes quieran hacer llegar sus inquietudes para que sean consideradas por las distintas subcomisiones deberán presentarlas, por medio de una nota dirigida a la subcomisión correspondiente, la que depositarán en la recepción de la Gerencia Técnica, en un buzón habilitado especialmente a tal efecto.

En la Comisión de Actuación Profesional en el Ámbito Judicial, se encuentran los datos que deberá contener la nota.

Oficina de Subastas Judiciales
Modificación del reglamento
El Consejo de la Magistratura aprobó por Resolución 60/2005, con fecha 10 de marzo, el nuevo Reglamento para la Oficina de Subastas Judiciales.

Dicha Oficina fue creada por la Acordada 10/99 de la CSJN y transferida al Consejo de la Magistratura por la Acordada 23 del 14 de octubre de 2003.

El Reglamento mencionado contiene, entre otras, las reglas específicas respecto de los horarios y prosecución de los remates judiciales en caso de suspensión, turnos, identificación de concurrentes, registro informatizado de subastas y arancel por abonar.

Previo a su aprobación, el proyecto de Reglamento fue remitido para su conocimiento a las Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Civil, en lo Comercial y en lo Civil y Comercial Federal, y recibió de ellas observaciones y propuestas. Una vez analizadas las observaciones, se introdujeron algunas modificaciones en el proyecto original.

Volver  |  Página Inicio  |  Publicaciones  |  Distribución gratuita